esta instancia agraria acuerda darle entrada, signarle número de solicitud y hacer las anotaciones en los libros correspondientes. Por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho y se acuerda oficiosamente practicar Inspección Judicial en el lote de terreno denominado La Esperanza, ubicado en el sector Vegones, parte baja, Municipio Ayacucho, estado Táchira, el cual por auto separado, se fijará día y hora del mismo. En cuanto a las testimoniales, se fija para el tercer (3°) día de despacho siguiente al de hoy, para que tenga lugar la declaración testimonial de los ciudadanos Ana Migdalia Medina Ramírez, Deyson Manuel Velazco Escalante y José Clemente Medina Colmenares, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.696.338, V.-20.608.564 y V-25.024.721, respectivamente, a las 9:00, 9:30 y 10:00 de la mañana, en su orden. Cúmplase.
La Jueza Provisoria,.....