EL JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la escritura N° 040 dictada en fecha 30 de enero de 1992 por la Notaría Única del Circulo de Charalá en el Departamento de Santander de la República de Colombia, en la que autorizó la disolución de la Unión Conyugal, matrimonio eclesiástico contraído por los ciudadanos Felisa Porras de Estévez y Carlos Bruno Estévez Céspedes, en fecha 07 de diciembre de 1968 en la Iglesia Parroquial de Charalá, Departamento de Santander, República de Colombia, según se evidencia del Acta de Matrimonio de la Diócesis de Socorro y San Gil N° 11 folios 198, marginal N° 901, inserta en el libro de Registro Civil de matrimonios del año 1998, bajo el N° 214 ante la Prefectura de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio .....