ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL No 1 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por el Ministerio Público, en contra del ciudadano JOSÉ DE LA CRUZ ROLON SILVA, de nacionalidad colombiana, natural de Sardinata Norte de Santander Republica de Colombia, titular de la cédula de ciudadanía Nº 5499887, nacido en fecha 10 de febrero de 1.967, de 44 años de edad, hijo de Eleuterio Rolón (v) y de Ana Dolores Silva (v), soltero, de profesión u oficio Obrero; residenciado en la carrera 7, Nº 13-14, Ureña, estado Táchira, Teléfono 0426-6532549, por la presunta comisión del delito de APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 468 del Código Penal, en perjuicio de de la Sociedad Mercantil Iderna de Venezuela C. A., de conformidad con el artículo 3.....