PRIMERO: SE CONDENA AL CIUDADANO CARLOS ALBERTO VILLAMIZAR PORRAS, de nacionalidad Venezolana, San Antonio Estado Táchira, nacido en fecha 05 de Junio de 1.976, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.588.828 , casado, de profesión u oficio Chofer, residenciado en Ureña, Aguas calientes, Barrio 24 de Julio, calle 4, con carrera 11, casa numero 67, por la comisión del delito de AMENAZA previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Sonia Torres Chacon. A CUMPLIR UNA PENA DE OCHO MESES DE PRISIÓN, por la admisión de hechos realizada en fecha 26 de febrero de 2009, de igual manera se condena a las accesorias de ley del artículo 16 del Código Penal.
SEGUNDO: ACUERDA SUSTITUIR LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA A LA LIBERTAD, decretada en fecha 01 de Agosto de 2011, a CARLOS ALBERTO VILLAMIZAR PORRAS, de nacionalidad Venezolana , San Antonio Estado Táchira.....