PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la presente pretensión de AMPARO CONSTITUCIONAL, intentado por el ciudadano CARLOS ENRIQUE GAMBOA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.231.723, de este domicilio, representado por sus Co-Apoderadas Judiciales Abogadas GLADYS ELENA BAUTISTA LEÓN Y GLORIA BUITRAGO DE ARIAS, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 46.706, y 31.176, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 4.629.853, y 5.027.779, respectivamente, la primera según Poder Autenticado por ante la Notaría Pública Segunda de San Cristóbal, otorgado en fecha 01 de Agosto de 2.006 y la segunda según sustitución de Poder que consta a los folios 04, 05 y 32 del presente Expediente, en su carácter de parte presuntamente Agraviada, contra la Ciudadana CARMEN LILY YANEZ CÁRDENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.494.658, actualmente sin residencia conocida en la ciudad de Barinas, Estado Barinas, en su carácter de Parte Agra.....