Se DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano LUNA RONDEROS CRISANTO, de nacionalidad Venezolano, natural de Cúcuta, Republica de Colombia, nacido en fecha 06-04-1972, de profesión u oficio Mecánico, titular de la cédula de identidad N° V. 14.265.504, de 34 años de edad, Soltero, Residenciado en San Josecito, Sector B, el Chaparral, casa N° 100, de color verde, Municipio Torbes, Estado Táchira; por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del Orden Público, a tenor de lo dispuesto en los artículos 253, 256 ordinal 3º y 259 todos del Código Orgánico Procesal Penal, imponiéndole como condición las obligaciones de: 1.- Presentarse por ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, una (01) vez cada quince (15) días, 2.- No incurrir en nuevos hechos punibles, y 3) Someterse a todos los actos del proceso. Presente el Imputado .....