Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede civil, DECLARA:
ÚNICO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana MARÍA NELLY VARGAS DE URIS, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad N° V-11.018.091 y de este domicilio, en su carácter de ARRENDADORA, contra el ciudadano RAMÓN ALFONSO CARMONA NOGUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.104.939 y de este domicilio, en su carácter de ARRENDATARIO por DESALOJO.
De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo d.....