PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Fijación de la Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana KAREN NOHEMÍ IBARRA GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-18.355.647, madre de la niña (Se omite el nombre), de tres años de edad, domiciliadas en la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira; en contra del ciudadano FRANCISCO TEODORO PARIONA RIVEROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-25.565.880, domiciliado en la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira. SEGUNDO: Se fija la Obligación de Manutención que el ciudadano FRANCISCO TEODORO PARIONA RIVEROS, ya identificado, debe consignar a favor de su hija, la niña (Se omite el nombre), en la cantidad de Quinientos Bolívares Fuertes (BsF.500,oo) mensuales y en los meses de septiembre y diciembre de cada año, una cuota extra por la misma cantidad de Quinientos Bolívares Fuertes (BsF.500,oo) para gastos escolares y de navidad, can.....