Se Mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a los acusados CHACIN RANGEL JAIRO ANTONIO, por la comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal y ASALTO A TRIPULANTES O PASAJEROS DE TRANSPORTE COLECTIVO, previsto y sancionado en el artículo 357 tercer aparte del Código Penal siendo aplicable la agravante prevista en el artículo 77 numeral 11 ejusdem, en perjuicio del Orden Público y los ciudadanos Maldonado Román, Chacon Mora José Nelson y Sepúlveda Uribe Liliana y COLINA JAIMES ADLY JOSÉ, por la presunta comisión del delito de ASALTO A TRIPULANTES O PASAJEROS DE TRANSPORTE COLECTIVO, previsto y sancionado en el artículo 357 tercer aparte del Código Penal siendo aplicable la agravante prevista en el artículo 77 numeral 11 ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos Maldonado Román, Chacon Mora José Nelson y Sepúlveda Uribe Liliana, conforme a los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal.....