PRIMERO: DECLARA CULPABLE al acusado JOSE TOMAS CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° 19.034.967, estado civil soltero, natural de Rubio, Estado Táchira, nacido en fecha 02-07-1980, de 33 años de edad, profesión u oficio carpintería, residenciado en Rubio, rancho ubicado en el sector la granzonera, Estado Táchira, por estar incurso en la comisión del delito de TRAFICO ILICITO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 encabezamiento, en concordancia con el artículo 163 numeral 11 de la Ley Orgánica de Drogas. SEGUNDO: CONDENA al acusado JOSE TOMAS CONTRERAS, a cumplir la pena de VEINTIOCHO (28) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149, encabezamiento, de la Ley Orgánica de Drogas, en concordancia con el artículo 163, numeral 11, ejusdem, TERCERO: .....