PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, EN LA APREHENSIÓN del ciudadano CÉSAR AUGUSTO RODRÍGUEZ CARREÑO, de nacionalidad venezolana, natural de San Antonio del Táchira, Municipio Bolívar, estado Táchira, nacido en fecha 22 de mayo de 1959, de 52 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-.5328.820, de profesión u oficio Comerciante, Obrero, hijo de José de los Ángeles Rodríguez (f), y de Ana Bertilda Carreño Lizarazo (f); residenciado en la calle 11, vereda 13, Nº 12-62, Barrio La Popita, San Antonio del Táchira, Municipio Bolívar, estado Táchira, en la presunta comisión de los delitos de DETENTACIÓN DE ARMA BLANCA previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en concordancia con el artículo 9 de la Ley de Armas y Explosivos y 16 de su reglamento, en perjuicio del Orden Público; y AMENAZA previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Omaira Ortega Blanco, por encon.....