ESTE TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: DECLARA CULPABLE PENALMENTE, al ciudadano HERNÁNDEZ TOVAR JOSÉ ASDRÚBAL, quien dice ser de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido el 21 de Julio de 1974, de 36 años de edad, hijo de José Asdrúbal Hernández Ochoa (v) y de Juana Josefina Tovar (v), titular de la cédula de identidad No. V-10.489.262, residenciado en Caracas, Esquina de Torredo, casa N° 21, Distrito Capital, teléfono 0212-4215684, 0426-9002385 y 0424-4463299, por la comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 464, en concordancia con el artículo 77, numeral 7 del Código Penal vigente para la fecha de los hechos.
SEGUNDO: CONDENA al acusado HERNÁNDEZ TOVAR JOSÉ ASDRÚBAL, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, por el delit.....