ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO UNIPERSONAL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: Primero: ABSUELVE a los ciudadanos ABELARDO RAMON AGULO CALDERON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-9.020.581, de profesión u oficio militar activo, residenciado en San Juan de Colón, carrera 5, casa N° 0-44, Barrio Santa Bárbara, Estado Táchira; MANUEL SALVADOR PARRA RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.620.818, de profesión u oficio militar activo, residenciado en Residencias militares Torres Blanca, torre A, piso 5, apartamento 5-A, Sector Los Kioscos, San Cristóbal, Estado Táchira; y HUGO ALEXANDER PASTRAN ROMAN, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-5.684.892, de profesión u oficio militar activo, residenciado en Residencias Torres Blancas, Torre .....