este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO N° 05 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: ÚNICO: Se declara sin lugar la solicitud de revisión de Medida de Privación Judicial preventiva de Libertad, solicitada por la defensora Pública la abogada NELIDA TERAN, a favor de su defendido: EDWARD LEANDRO VITTA GARCIA, Venezolano, natural de Tariba, Estado Táchira, titular de la cédula de Identidad N ° V.- 15.989.250, fecha de nacimiento 27-12-1983, de 29 años de edad, estado civil Soltero, profesión u oficio Comerciante, residenciado Barrio 8 de Diciembre, vereda 2 casa numero 14, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149, primer aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuici.....