PRIMERO: Declarar PARCIALMENTE CON LUGAR EL OFRECIMIENTO DE OBLIGACION de MANUTENCION, planteado por OSCAR JAVIER ORDOÑEZ COLMENARES, titular de la cedula de Identidad Nº V-13172866, con domicilio en Municipio Colón, Estado Zulia, en su condición de Padre, a favor de sus hijas MARIA FERNANDA y CRISTAL VALENTINA ORDOÑEZ MOLINA, a través de MARIA ELIZABETH MOLINA VIVAS, en su condición de Madre;
SEGUNDO: Ordenar a OSCAR JAVIER ORDOÑEZ COLMENARES, preidentificado, pagar a partir de la presente fecha, la suma de UN MIL TRESCIENTOS Bolívares (Bs. 1.300,oo) mensual, equivalente al 39,75 % del sueldo mínimo nacional y 12,14 unidades tributarias, por Obligación de Manutención en favor de sus hijas, doble (Bs. 2.600,oo) en Agosto y Diciembre, mediante depósito bancario al través de MARIA ELIZABETH MOLINA VIVAS, preidentificada y en su condición de Madre,
TERCERO: Ajustar dicho monto, conforme a los indicies de precios del Banco Central, las necesidades de las hijas y la capacidad econ.....