En consecuencia, ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JU¬DICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RE¬SUELVE: UNICO Declara con lugar la revisión de la medida Cautelar sustitutiva de Libertad, sustituyéndola la medida cautelar sustitutiva de libertad, en contra del imputado RAMIRO CUEVAS DUARTE, de nacionalidad colombiana, Natural de San Joaquín Santander, nacido en fecha 17 de marzo de 1972, de 40 años de edad, de estado civil soltero, alfabeto, hijo de Victoria Cuevas (f) y de Daniel (f) de profesión u oficio obrero, Portador de cédula de ciudadanía N° 5.746.451, residenciado terminal de pasajeros de Rubio finca; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en los artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudad.....