EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARO: ÚNICO: SIN LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto en fecha 20/05/2015, por el abogado Gustavo Antonio Estrada Luzardo, actuando en nombre y representación de la Sociedad Mercantil "El Rosario Mall, C.A., contra el auto de fecha trece (13) de mayo de 2015 dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que negó oír la apelación ejercida en fecha trece (13) de mayo de 2015 contra el auto de admisión de fecha treinta y uno (31) de julio de 2014. En consecuencia, SE CONFIRMA CON DIFERENTE MOTIVACIÓN el auto dictado por el a quo en fecha trece (13) de mayo de 2015, correspondiente al expediente 19269-2014.