Con base a los razonamientos precedentes éste Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDO el lapso de Once (11) Meses y Veintiún (21) Días, de la pena total que cumple el penado: NAJAR PARRA MESIAS, siendo detenido por primera vez en fecha 05-01-1994, hasta el 12-05-1995, por el lapso de Un (01) Año, Cuatro (04) Meses y Siete (07) Días, y desde la fecha 02-09-2005, hasta la presente fecha 03-05-2006, por el lapso de Siete (07) Meses y Veintinueve (29) Días, que sumados le da un total de pena cumplida con redención de Dos (02) Años, Once (11) Meses y Veintisiete (27) Días, y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de Doce (12) Años de Presidio, le falta por cumplir Nueve (09) Años y Tres (03) Días, la cual terminará de cumplir el día Seis de Mayo del dos mil quince (06-05-2.....