PRIMERO: Declara Parcialmente Con Lugar la solicitud de Fijación de Pensión de Alimentos formulada por la ciudadana CONSUELO XIOMARA ZAMBRANO JARA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.212.038, domiciliada en Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre de los adolescentes (OMITIDO LOPNA), contra el ciudadano LUIS JESUS ROMAN BADILLO, colombiano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.E-81.408.601, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se fija como Pensión de Alimentos para los adolescentes (OMITIDO LOPNA), la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.120.000,00) mensuales, pagaderos dentro de los cinco primeros días de cada mes, ajustados anualmente por la inflación tomando en cuenta los I.P.C. emitidos por el Banco Central de Venezuela.-
TERCERO: Se establece como cuota especial y adicional a la Pensión de Alimentos fijada, la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVAR.....