Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Declara con lugar la demanda de divorcio interpuesta por la ciudadana JANETH PRADA DE JÁUREGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.-12.970.213, contra el ciudadano JOSÉ GREGORIO JÁUREGUI RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.-9.206.896, fundamentada en la causal segunda del artículo 185 Código Civil.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre los ciudadanos JOSÉ GREGORIO JÁUREGUI RODRÍGUEZ y JANETH PRADA DE JÁUREGUI, por ante la Prefectura Civil del Municipio Guásimos, hoy Registro Civil del Municipio Guásimos, Estado Táchira, según acta de matrimonio N° 42 de fecha 27 de Abril de 2000.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo .....