Primero: Sin lugar la apelación interpuesta por la representación de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 24 de marzo de 2003.
Segundo: Declara con lugar la demanda interpuesta por la representación del demandante Girdardo Molina Calles, contra la Asociación de "Mataderos Industriales del Cantón" (ASOMAICA C.A.), ya identificada por daños materiales derivados de incumplimiento de contrato, en consecuencia, se condena a la demandada a pagar al demandante la cantidad de veintisiete millones de bolívares (Bs. 27.000.000,00), debidamente indexada conforme a los índices de Precios al Consumidor (I.P.C) establecidos por el Banco Central de Venezuela, desde la fecha de admisión de la demanda es decir, desde el día 19 de marzo de 2.001, hasta la fecha en que quede firme el presente fallo, para lo cual deberá practicarse experticia complementaria de este fall.....