Por los razonamientos anteriormente expuestos, Este Juzgado Segundo de Primera Instancia del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Del Estado Táchira, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
Primero: En cuanto al primer pedimento de la defensa, se declara sin lugar su solicitud de desestimar la acusación Fiscal, por considerar quien decide que todas las circunstancias alegadas por la defensa deben ser debatidas en juicio, para la obtención de la verdad, lo cual es el fin del proceso. Con respecto al segundo planteamiento de la defensa referido al cambio de calificación jurídica del delito de violación por la de actos lascivos y el señalamiento de que en virtud del tiempo transcurrido se decrete la prescripción de la acción, se declara sin lugar tal pedimento, en virtud de que los hechos planteados en la acusación fiscal pueden subsumirse perfectamente en la calificación Jurídica,.....