PRIMERO: Se Admite Totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público, contra el acusado EDUAR MONCADA PACHECO, de nacionalidad colombiana, natural de Cúcuta, Departamento Norte de Santander, mayor de edad, titular de la Cédula de Ciudadanía N° V-88.273.008, nacido en fecha 23 de Mayo de1982, de 22 años de edad, de profesión u oficio comerciante y residenciado en el Barrio Fundación, Andrés Bello, vereda 13, N° 13-50, la Fría, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de USURPACION DE IDENTIDAD, previsto y sancionado en el artículo 319 del Código Penal, en perjuicio de la Fé Pública, admisión que se hace de conformidad con lo previsto en el ordinal 2º del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se admiten Totalmente las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 330, ordinal 9º del Código Orgánico Procesal Penal, referidas a: A.- TESTIMONIALES: Declaración de los funcionarios Ángel Loinas Qui.....