PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión de los imputados ERIKA JULIANA VASS OBANDO, de nacionalidad Venezolana, natural San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 27-08-1984, titular de la cedula de identidad N° V.-16.745.741, de 23 años de edad, de profesión u oficio estudiante, de estado civil soltero, residenciado urbanización las Lomas Avenida falcón, casa N° C-33, Estado Táchira, teléfono 0276-3424320; y RONALD ANDERSON JAIMES RAMIREZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Ureña, Estado Táchira, nacido en fecha 09-11-1985, titular de la cedula de identidad N° V.- 17.502.133, de 22 años de edad, de profesión u oficio comerciante, de estado civil soltero, residenciado urbanización las Lomas Avenida falcón, casa N° C-33, Estado Táchira, teléfono 0276-3424320, por la presunta comisión del delito de ULTRAJE AL PUDOR PUBLICO Y A LAS BUENAS COSTUMBRE, previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código .....