"...Con los elementos que cursan en las actas procesales, este Juzgado del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por la ciudadana ANA CECILIA MORA RINCON, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-9.194.994, residenciada en el Barrio La Libertad, avenida 03, casa Nº 320, frente a la Iglesia Evangélica, Orope, Parroquia José Antonio Páez, Municipio García de Hevia del Estado Táchira. Actuando en nombre y representación de sus hijos XX, XX y XX.
SEGUNDO: Se establece como monto de la OBLIGACIÓN DE MANAUTENCIÓN que el obligado EUSEBIO CALIXTO PEÑARANDA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-5.729.305, domiciliado en El Barrio la Libertad, calle principal, casa s/n, Orope, Parroquia José Antonio Páez, Municipio García de Hevia del Estado Táchira, .....