DISPOSITIVA
A la luz de los razonamientos previamente expuestos, esta Corte de Apelaciones, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Declara Admisible el recurso de apelación signado con la con la nomenclatura 1-As-SP21-R-2024-000266, interpuesto en fecha quince (15) de noviembre del año 2024, -según sello húmedo de alguacilazgo-,, por la Abogada Mercedes Liliana Rivera Rojas, en su carácter de defensora privada del ciudadano Omar Alejandro Moncada Suelta contra la decisión publicada en fecha once (11) de noviembre del año 2024, por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial del estado Táchira
SEGUNDO: Se acuerda resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada a la décima (10) audiencia siguiente a la de hoy, conforme a lo previsto en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencias de .....