PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición formulada por la parte demandada, ciudadana RAQUEL KAROLAY QUINTERO VILORIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 24.356.718, domiciliada en Ureña, Municipio Pedro María Ureña, estado Táchira, a las medidas de: 1) Prohibición de enajenar y gravar sobre las mejoras sobre los siguientes inmuebles: A.- un galpón para uso industrial, perteneciente a terrenos de la municipalidad, ubicado en la Carrera 3, con Calle 13, (esquina), en la vía de Barrio Sabana Seca, Avenida Los Parceleros, de la ciudad de Ureña, Municipio Pedro María Ureña del estado Táchira, dentro de la poligonal de la zona industrial, y que actualmente posee dos entradas.....