1. DECLARA con lugar, el recurso de apelación interpuesto por el abogado por el abogado NELSON EDUARDO MOROS URBINA, con el carácter de defensor del acusado GEOVANNY FUENTES JIMÉNEZ.
2. De conformidad con lo previsto en el primer aparte del artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal, ANULA la sentencia dictada el 25 de febrero de 2005, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 2, de este Circuito Judicial Penal, en lo que respecta al cómputo de la pena impuesta al acusado GEOVANNY FUENTES JIMÉNEZ, mediante la cual lo había condenado a la pena de la pena de diez (10) años, cinco (5) meses, dieciséis (16) días y cuatro (4) horas de presidio, la comisión de los delitos de robo agravado de vehículo automotor, privación ilegítima de libertad, en concurrencia real y lesiones personales intencionales leves, previstos y sancionados en el artículo 6, numerales 1, 2, 3 y 5, en relación con el artículo 5, ambos de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos, artículos.....