DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Jhon Rosales, en su carácter de defensor del imputado Miguel Ángel Bernal Paredes.
SEGUNDO: ANULA la decisión dictada en fecha 20 de octubre de 2016, y publicado auto fundado en fecha 24 de octubre de 2016, por el abogado José Humberto Cáceres Maldonado, Juez Tercero del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual, entre otros pronunciamientos "decretó la CONFISCACIÓN DEL VEHÍCULO, que fue utilizado como medio de comisión del hecho punible, tal como lo dispone el artículo 33 del Código Penal, y el cual se encuentra plenamente descrito en autos", solo en lo que respecta a la pena accesoria.