PRIMERO: Se declara compensado al demandado reconviniente: CARLOS JAVIER ALBERTINI BERMUDEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nº 4.089.932, de éste domicilio y hábil, con el retiro por parte de su apoderada judicial: Abogada MARTHA BEATRIZ GOMEZ DE ALBERTINI, con cédula de identidad Nº 11.951.301, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 48.137, de la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 35.000.000,00), por concepto de costas de ejecución de la sentencia emanada del Juzgado Superior Primero de ésta Circunscripción Judicial, en fecha 18.04.2005, consignados por la parte demandante reconvenida, como consecuencia de la inejecutabilidad de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil Mercantil, Tránsito, Trabajo, Estabilidad Laboral y Protección del Niño y del Adolescente de ésta Circunscripción Judicial, en fecha 27 de agosto de 2003 (f. 438 al 462), dada la imposibilidad de los demandantes-reconvenidos ARNOLFO MARCIALES MACIAS y su cón.....