Firme como ha quedado la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Transito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial en fecha 06 de abril de 2009 (Fls. 46 al 53), EJECÚTESE. En consecuencia, se levanta la medida de Embargo Preventivo decretada por este Juzgado en fecha 21 de abril de 1998, y practicada por el extinto Juzgado Primero de Parroquia de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial, en fecha 27 de abril de 1998, y se acuerda oficiar lo conducente al ciudadano Representante de la Depositaria Judicial San Cristóbal, a los fines del cese de sus funciones como tal y proceda a hacer entrega del vehículo embargado a la ciudadana CLAUDIA PATRICIA LOPEZ, titular de la cédula de identidad N° V-12.970.309. Por cuanto no hay más actuaciones que realizar, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.