PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el por el abogado José Luís Torres Sánchez, apoderado judicial del ciudadano Freddy Alí Casique Artiaga.
SEGUNDO: REVOCA la decisión dictada en fecha 30 de marzo de 2009, por el Juez de Primera Instancia en Función de Control N° 9 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la entrega del vehículo: marca Chevrolet, modelo Silverado, clase camioneta, serial de carrocería 8ZCEC14R6WV385089, serial del motor 6WV385089, color beige arena, año 1998, placas 11H-GAC.
TERCERO: Se ordena al Tribunal Noveno de Control de este Circuito Judicial Penal, abrir la articulación probatoria, a los fines de permitirle a la parte recurrente la oportunidad de demostrar con los medios de prueba suficientes, si es cierto que el vehículo cuestionado en autos, se encontraba en el taller "Rey Gury", para realizarle arreglos de latonería y pintura; ello de conformidad con los artículos 312 del Código Orgánico Procesal Pena.....