Primero: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada Luisa Sánchez Guerrero, Defensora Pública Séptima Penal del estado Táchira, con el carácter de defensora del imputado JOSE LUIS OSPINA, contra la decisión dictada en fecha 11 de enero de 2015, publicada en la misma fecha, por el abogado Reinaldo José Chacón Pacheco,, Juez Suplente de Primera Instancia en Función de Control N° 9 del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, mediante la cual, entre otros pronunciamientos, mantuvo la privación judicial preventiva de libertad decretada en contra del mencionado imputado, por la presunta comisión del delito de homicidio intencional calificado en la ejecución de robo en grado de cooperador, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 406.1 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal.
Segundo: Confirma en todas y cada una de las partes la decisión señalada en el punto anterior.