D E C I S I Ó N
Por las razones expuestas, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la acción por reconocimiento de instrumento privado, planteada por Abg. HERNAN STEWEN PARADA TORRES venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V 17.875.035, de este domicilio y hábil, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 138.237, contra el ciudadano EDUAR ANTONIO VILLANUEVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No V- 17.355.097, domiciliado en Aldea Estación Santa Ana, Diagonal a la Escuela Estadal Lcdo. Armando Adarmes Laguado, casa sin número, Municipio Córdoba, estado Táchira por Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado , en consecuencia de la referida decisión, se declara legalmente Reconocido en cuanto a su firma .....