En consecuencia por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juez Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la Fijación de La Obligación de Manutención, formulada por la ciudadana: ROSA ELVIRA QUISHPE GUAMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 22.678.774, en contra del Ciudadano KLEIVER DAVID PAUCAR PEREZ, extranjero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E- 170907839-6, en beneficio e interés del niño (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), en la que se acuerda:
PRIMERO: Se Fija la cuota ordinaria por concepto de Obligación de Manutención en la cantidad de MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARE.....