Ahora bien, por cuanto el convenimiento suscrito no es contrario a derecho, ni esta prohibido por Ley, por ello este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, al convenimiento efectuado por los apoderados de la parte demandante JESUS LEONARDO USECHE Y MAURO ORLANDO VILORIA GONZALEZ y por el demandado GERARDO JOSE OCHOA PEREZ, asistido por la abogada Cira Rodríguez Armas, otorgándole su APROBACIÓN, en consecuencia se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA, se acuerda:
• Levantar la medida de embargo decretada el 28-11-2013 y practicada el 19 de diciembre de 2013, por el extinto Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, y otros, sobre la cuenta corriente del demandado de autos, que posee en el Banco Provincial.
• Una vez se haga entrega al demandante del dinero que se encuentra en la cuenta corri.....