En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por la Asociación Civil de Transporte Público Línea Unión Rómulo Gallegos, registrada bajo el N° 20, Tomo 01, Protocolo Primero de fecha 19 de enero de 1978, representada por el ciudadano Jorge Armando Arias Navas titular de la cédula de identidad N° V-11.503.875, asistido por el abogado Dimas Alcides Rodríguez Bello, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 226.814, contra el acto administrativo contenido en el oficio marcado con el No.- CMT/006/2015, emitido por el Presidente de la Comisión de Desarrollo Vial y Transporte Público Urbano, del Concejo Municipal del Municipio Tórbes del Estado Táchira, en fecha.....