DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: se declara IMPROCEDENTE la Medida Innominada de Paralización de la Obra Civil o Edificación en áreas de terrenos ubicados en el Hospital Central de San Cristóbal, donde funciono el fondo de comercio "SELF SERVICE LA CARRETA C.A",", objeto de la demanda de nulidad.
SEGUNDO: se declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar sobre que se imponga al Sindico Procurado Municipal del Municipio San Cristóbal del estado Táchira decreto de suspender el otorgamiento de cualquier permisología necesaria para llevar a cabo la construcción in comento, hasta tanto se concluya la causa objeto de demanda de nulidad.
TERCERO: se declara IMPROCEDENTE la medida cautelar de prohibición de protocolización ante el Registro .....