ESTE Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Penal del Estado Táchira, Extensión San Antonio del Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: Se admite totalmente la acusación contra el ciudadano Bladimir Carrascal, quien dice ser Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V.-13.366.967, de religión Católico, de 25 años de edad, nacido el 19 de Agosto de 1977, de profesión Publicista, casado, labora en la Ciudad de Caracas, esquina avanico, edificio Importadora abanico, piso 4 deposito N10, residenciado en el mismo lugar de trabajo, hijo de Maria Eva Carrascal, por la comisión de los delitos de ALTERACION ILICITA DE SERIALES DE CARROCERIA, previsto y sancionado en el articulo 8 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotor y el delito de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, previsto y sancionado en el articulo 323 en concordancia con el articulo 320 del.....