ESTE Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Extensión San Antonio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
ÚNICO: Se revisa la medida de coerción personal (medida menos gravosa), que pesa sobre el ciudadano FRANCISCO JAVIER DÍAZ GUERRERO, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 3.197.487, natural de Río Frío, Estado Táchira, de 57 años de edad, casado, de oficio obrero, residenciado en la Urbanización Colinas de la Fronteras, carrera 1, casa sin número, Llano Jorge de esta población, y en consecuencia se le sustituye únicamente la presentación de dos fiadores por la obligación de someterse al cuidado y vigilancia de la ciudadana Belkis Xiomara Martínez, quien es Venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V. 13.173.178, quien por escrito deberá informar a este Despacho sobre el comporta.....