El Tribunal resolvió: UNICO: REVISA y declara sin lugar la solicitud del Defensor Público abogado Jesús Leonardo Suárez, en la que pide que se le sustituya la Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad, decretada en fecha 26 de Enero de 2013, por el Juzgado Primero de Control de esta Extensión Judicial Penal, en contra de las acusadas ALVARO JOSE IBARRA PORTILLO y DIANA MARCELA VEGA CIFUENTES a quienes se les atribuye la presunta comisión de los delitos de OCULTAMIENTO AGRAVADO DE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, OCULTAMIENTO DE ARMA DE GUERRA, ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, por encontrarse vigentes los extremos establecidos en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se mantiene con plenos efectos la Medida Cautelar de Privación Judicial preventiva de Libertad, que pesa en contra de las prenombradas acusadas.