PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO contra el ciudadano: JAIRO JOSÉ VEGA MADRIZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Acarigua, estado Portuguesa, nacido en fecha 17 de abril de 1.988, de 23 años de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº 21.562.361, hijo de Jairo Vega Pedraza (v) y de María Gregoria Madriz (v), de profesión u oficio Chofer, residenciado en la calle 3, casa sin número, casa de color rosado, techo de "acerolit", puertas de color azul, a una cuadra de la venta del señor "Santeliz" Barrio Ezequiel Zamora, Turen, Estado Portuguesa, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, previstos y sancionados en los artículos 45 de la Ley Orgánica de Identificación, de conformidad con el artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE ADMITEN TOTALMENTE, los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público, por ser de o.....