TERCERO: DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO por un régimen de prueba de seis (06) meses, contados a partir de la presente fecha, al acusado HENRY GUTIEREZ ROPERO, de nacionalidad Tibu, Departamento Norte de Santander, República de Colombia, nacido el día 09-02-1984, de 22 años de edad, hijo de José Pérez Gutiérrez (v) y María Ema Ropero (v), portador de la cédula de ciudadanía N° 88.272.184, de estado soltero, de profesión obrero, residenciado en el Barrio Simón Bolívar, calle 15 casa N° 70-85 Ureña, Municipio Pedro María Ureña, Estado Táchira, quien se le impone de las siguientes condiciones: 1.- Presentación una (01) vez cada treinta (30) ante el Tribunal. 2.- Donar un mercado de acuerdo a sus posibilidades económicas una vez al mes, a una institución benéfica, es decir; al Geriátrico ubicado en la población de Ureña, Pedro María Ureña, Estado Táchira, así mismo presentación ante el Tribunal de la factura correspondiente; por la comisión del delito de de LESI.....