PRIMERO: DESESTIMA LA ACUSACION PRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO en contra del acusado JESUS MARIA VERA ZAMBRANO, de nacionalidad venezolana, natural de Rubio, Municipio Junín, Estado Táchira, nacido el día 09-10-1942, de 63 años de edad, hijo de Gilberto Vera (f) y Ana Julia de Vera (f), titular de la cédula de identidad N° V- 2.889.252, de estado civil casado, de profesión u oficio Secretaria de la Planificación del Municipio de Rubio, residenciado en la calle 02 casa N° 1-10 Barrio San Rafael sector poblado El Rodeo, Rubio, Municipio Junín, Estado Táchira, teléfono N° 7622814, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS, previsto y sancionado en el artículo 420 Encabezamiento en concordancia con el artículo 413 ambos del Código Penal; de conformidad con lo establecido en el artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se orden remitir la causa a la Fiscalia Octava del Ministerio Público a los fines de su archivo.
SEGUNDA: Se.....