ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO DEL TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO.- CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del imputado CARLOS EMILIO BALLESTEROS RAMOS, Colombiano, natural de San Vicente de Chururí, República de Colombia, titular de la cédula de ciudadanía N° 91.046.821, de 27 años de edad, casado, nacido en fecha 13 de Diciembre de 1.979, de profesión u oficio agricultor, residenciado en Cúcuta, República de Colombia, Barrio Toledo Plata, calle 15 con avenida 15, N° 13-20, hijo de Bernarda Ramos y Ramón Ballesteros; por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE HURTO O ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de vehículos Automotores, por considerar que se encuentran llenos los extremos del artículo 248.....