En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Número Dos de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA, realizada por la Fiscalía Vigésimo Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, por el hecho ocurrido el día 20 de Abril del año 2.010, en la aprehensión de los adolescentes (OMITIDOS ARTICULO 545 LOPNNA), ampliamente identificados, a quienes la Fiscalía les imputa la presunta comisión de los delitos de DETENTACIÓN DE ARTEFACTOS EXPLOSIVOS INCENDIARIOS, previsto en el artículo 296 del Código Penal, en perjuicio del Orden Público y LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano L.A. R. R.;.....