PRIMERO: REVOCA la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de RÉGIMEN ABIERTO, otorgada en fecha 17/04/07 a favor del ciudadano ANGULO GONZALEZ OSCAR RENE, venezolano, titular de la cédula de ciudadanía N° V- 16.619.415, penado por la comisión de los delitos de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR Y ACTO CARNAL, previstos y sancionados en los artículos 5 en concordancia con el articulo 6 numerales 1, 2, 3 y 10 de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehículos y 379 encabezamiento del Código Penal.
SEGUNDO: Por cuanto el penado de autos no se encuentra a derecho, se ordena librar Orden de Aprehensión a todos los organismos de seguridad del Estado, a los fines de lograr su ubicación y consecuente encarcelación en el Centro Penitenciario de Occidente, Santa Ana- Estado Táchira, sitio en el cual deberá finalizar el cumplimiento de la condena que en su oportunidad le fue impuesta
Líbrese oficio a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario y al Director del Centro de Tratamiento Comunita.....