SE REVISA Y SE NIEGA LA SOLICITUD DE SUSTITUCION DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD impuesta en fecha 10-09-2006 al los imputado RODRÍGUEZ SIMÓN DEL CARMEN, de nacionalidad venezolano, natural de Queniquea, Estado Táchira, nacido el 25/04/1965, de 41 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.331.380, de profesión u oficio agricultor, soltero, residenciado en la Hacienda La Argentina, Sector La Blanquita, Municipio Fernández Feo, Estado Táchira; por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMAS Y MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal y artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en perjuicio del Estado Venezolano; y en consecuencia, MANTIENE EN TODOS SUS EFECTOS LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal.