Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Número Ocho del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: Decreta la extinción de la acción penal de la causa seguida a BECERRA LIBIA MERCEDES, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de Identidad Nº 5.648.512, nacida el 14/01/1975, residenciada en la Concordia, carrera 6 Bis, Casa N° 3 ¿ 68, San Cristóbal, estado Táchira y BECERRA NELLY XIOMARA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de Identidad Nº 9.245.874, nacida el 14/01/1975, residenciada en la carrera 3 Bis Las Vegas de Táriba, casa N° 3 - 68, San Cristóbal, estado Táchira; por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal; de conformidad con el numeral 7 del artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, en conco.....