Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control número 08 del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Se revisa de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada en fecha 15-10-2010, al ciudadano JOSSERTH GREGORIO CASTAÑEDA RAMIREZ, venezolano, natural de San Cristóbal, estado Táchira, nacido en fecha 18-10-1985, titular de la cédula de identidad N° 17.206.164, residenciado en el sector 2, vereda 2, La Mina, Municipio Torbes, estado Táchira, a quien se le imputa la presunta co-misión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 último aparte del Código Penal, en perjuicio de Batzaida Karily Padilla .
SEGUNDO: Se sustituye la medida de privación judicial preventiva de liber-tad, por una medida ca.....